jueves, 5 de abril de 2012

Enriquecimiento injusto

Hace unos días el TS ratificaba una sentencia del TSJM de 2007 por la que se declaraba nula la imposición de la tasa de vados por el Ayuntamiento de Madrid por constituirse ésta en una reiteración del pago por garaje que ya se incluye en el IBI. Tal ratificación es consecuencia del recurso que el propio consistorio interpuso contra aquella sentencia y que, a la postre, ha permitido el cobro durante estos cinco años de casi 200 millones de euros.

 A partir de ahora podrán reclamar lo indebidamente pagado aquellos ciudadanos que acrediten los respectivos recursos administrativos al cobro anual de dicha tasa; no así los que, por una u otra razón, no lo hicieron. Hubo mala fe del Ayuntamiento al especular con la posibilidad cierta de que la mayoría de los ciudadanos acabarían despreocupándose de recurrir.

Sería interesante investigar si, debido a la supletoriedad que ostenta el derecho civil, pudiera aplicarse la doctrina del enriquecimiento injusto: no solo ha prosperado el Ayuntamiento con el correlativo empobrecimiento de los ciudadanos, sino que tal hecho, habida cuenta de la anulación de la tasa, podría carecer de un razón jurídica que lo sustente (STS – 21 de Septiembre de 2010).

Esta carta fue publicada en el diario El Mundo de 12 de Abril de 2012 PINCHA AQUÍ